La AEAT está obligada a intentar otras vías de comunicación  

19.02.2023

Conforme a la Sentencia del Tribunal Constitucional 147/2022 de 29 de noviembre (BOE núm. 5, de 06 de enero de 2023) ECLI:ES:TC:2022:147, si la AEAT tiene conocimiento de que el obligado tributario ( empresa y/o autónomo) no está accediendo a las notificaciones electrónicas, debe de  emplear otras formas alternativas de comunicación, de tal forma  que el obligado tributario tenga conocimiento de la existencia de que hay un procedimiento abierto contra el mismo y/o la empresa. A mayor abundamiento, dice el TC que no se puede entender que la falta de acceso a las notificaciones se deba entender derivada de la indiligencia.....